Valderas impulsa la Ley del Consejo de Concertación Local

Diego Valderas, Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Administración Local, llevó ayer al Consejo del gobierno andaluz la trami-tación del anteproyecto de la nueva Ley del Consejo Andaluz de Concertación Local, que sustituirá a la vigente desde 2007, por la que se creó y reguló este órgano consultivo de colaboración institucional entre las entidades locales y la Junta de Andalucía. La futura norma reforzará sus funciones y avan-zará en el reconocimiento del papel del municipalismo, frente a la supresión de competencias que recoge el proyecto de reforma de la Adminis-tración local promovido por el Gobierno de España.
La aplicación del consenso como regla general para la adopción de acuerdos será una de las normas de carácter general, respondiendo así a la naturaleza del Consejo como órgano de diálogo de composición paritaria y mixta, entre Junta y Ayuntamientos.
Asimismo, se incorporan diversas previsiones de la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía (LAULA) y se delimitan las competencias entre el Consejo Andaluz de Concertación Local y el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales para evitar duplicidades de funciones. En efecto, este otro órgano consultivo, de composición exclusivamentemunicipal y provincial, y creado por la Laula con el fin de garantizar la autonomía local, tiene atribuidas algunas competencias que venía desempeñando el Consejo de Concertación y que ahora asumirá de forma efectiva. En coherencia con ello, la futura norma le reservará la función de informar anteproyectos de ley, proyectos de disposiciones generales y planes, mientras que el órgano mixto de concertación sólo intervendrá en caso de discrepancias. Con ello se promoverá el acercamiento de posturas mediante la concertación y se evitará recurrir a los tribunales cada vez que surjan discrepancias entre las administraciones autonómica y local.
La Ley de Autonomía Local de Andalucía, a la que se adapta el anteproyecto del Consejo Andaluz de Concertación Local, fue la primera en España que redujo la tutela previa de la Administración autonómica y otorgó a los municipios plena decisión sobre cómo organizan sus territorios, de qué forma se asocian con otros entes locales y qué mecanismos utilizan para prestar sus servicios. Entre otras disposiciones, delega competencias autonómicas, delimita las 29 que son propias de los entes locales y fija los procedimientos para nuevas transferencias de gestión. Los gobiernos locales pasan así de ser meros administradores a sujetos activos en la gestión de sus políticas.
La Laula se complementa con la Ley Reguladora de la Participación de las Entidades Locales en los Tributos Autonómicos, norma que desde 2011 obliga a la Administración autonómica a garantizar una financiación suficiente e incondicionada, es decir, respetando la autonomía de los municipios para decidir el destino de los recursos que reciben.
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