miércoles, 5 de marzo de 2014

El Gobierno andaluz se defiende del central con dos nuevos recursos

El Gobierno andaluz se defiende del central con dos nuevos recursos



Miércoles, 05 Marzo 2014
Aunque ha estudiado tres nuevos recursos ante el Tribunal Constitucional, el Consejo de gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado autorizar finalmente dos de ellos. Se trata de un primer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE),impugnando los preceptos que vulneran las competencias autonómicas y las políticas compensatorias.
El Ejecutivo andaluz considera que la norma estatal atenta contra los principios de acceso a la educación en condiciones de igualdad y contra el perfil compensatorio de las políticas de la Junta en esta materia, además de invadir competencias en los ámbitos de la evaluación y la garantía de calidad. A juicio del gobierno andaluz, la LOMCE vulnera también el artículo 14 de la Constitución, que garantiza la igualdad y no discriminación; el 16.3, que declara el carácter aconfesional del Estado, y el 27.2, que establece que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
En relación con estos motivos de inconstitucionalidad, se destaca que la Religión pase a ser materia con influencia en las notas y en el acceso a becas y ayudas. El ejecutivo andaluz considera que la imposición de esta asignatura, sin que exista una alternativa parangonable, atenta contra los derechos del alumnado. Asimismo, el Gobierno andaluz señala que el artículo 84.3 y la disposición transitoria segunda de esta ley fomentan el sostenimiento con fondos públicos de centros que imparten enseñanza diferenciada por sexo. Ello priva a la Administración educativa andaluza de la posibilidad de condicionar los conciertos educativos a criterios no sexistas.

La Junta recurrirá igualmente la Ley de Unidad de Mercado, al considerar que vulnera competencias autonómicas y derechos de las personas consumidoras, introduciendo la nueva norma criterios desreguladores y atentando contra los principios de igualdad y seguridad jurídica.
La Ley estatal obliga a la autoridad autonómica a aplicar la normativa propia del territorio de origen de los operadores económicos, sin tener en cuenta el lugar donde desarrollan sus actividades. Esta circunstancia puede derivar en una elevada litigiosidad entre instituciones, con la consiguiente inseguridad jurídica, además de generar diferencias en la normativa aplicable y situaciones de desigualdad material entre empresas y entidades que realizan una determinada actividad en el mismo territorio. Más información en http://bit.ly/MLbkwU

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